Art. 23, núm. 5 y 6 de la Ley 23 de 2015
Cumplimiento PBC/FT/FPADM para transporte de valores y casas de empeño
Son actividades con mucho efectivo y bienes de valor. Le ayudamos a conocer a sus clientes y a detectar a tiempo las operaciones inusuales.
Quién está obligado
Empresas de traslado de dinero y valores, y casas de empeño.
Confirmarlo con el testSeñales de riesgo
Lo que el supervisor espera que usted sepa detectar
- Bienes empeñados de origen dudoso.
- Clientes recurrentes con bienes de alto valor.
- Movimientos de efectivo sin justificación económica.
- Remitentes o destinatarios sin relación aparente.
- Operaciones fraccionadas para evitar controles.
Sus obligaciones
Lo que debe tener en orden
- Debida diligencia de cada cliente y de su beneficiario final.
- Evaluación y matriz de riesgo con enfoque basado en riesgo.
- Manual de cumplimiento con políticas y procedimientos actualizados.
- Capacitación periódica del personal.
- Conservación ordenada de registros y expedientes.
- Reporte de operaciones sospechosas a la UAF.
- Atender en plazo los requerimientos de la SSNF.
Cómo le ayudamos
Servicios para transporte de valores y casas de empeño
Manual de cumplimientoPolíticas, procedimientos y formularios que reflejan cómo opera de verdad su empresa.Capacitación del personalFormación PBC/FT/FPADM presencial o virtual, con evaluación y constancia.Oficial de cumplimiento externoAsumimos la función: debida diligencia, monitoreo, reportes a la UAF y atención a la SSNF.
Preguntas frecuentes
Cumplimiento en transporte de valores y casas de empeño
¿Qué debe identificar una casa de empeño?
Al cliente, los bienes y, según el riesgo, su origen, conservando los registros para el supervisor.
¿Cómo detecto una operación inusual?
Con señales de alerta definidas en su manual y personal capacitado para reconocerlas y escalarlas.
Consulta gratuita
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